Ha llegado a mis manos Articulo sobre ¿Quien es VIRGINIA GAMBA? que aun no he podido verificar si es la opinion real de ella en referencia a la Argentina, en la actualidad es representante del secretario general de la ONU y se mantiene activa en varios asuntos de interes internacional este ultimo es de Agosto de 2018 sobre los niños en el conflicto armado, tiene más de 30 años de experiencia en asuntos de paz.
El escrito menncionado supuestamente de la Sra. Virginia Gamba, ( llame a su oficina en la ONU tel. 212-963-7075 ext 33178 para cofirmar si ella dijo lo que se publica , no he recibido contestacion ) de hecho quizas se pueda hacer algo por lo los presos politicos en la Argentina por lo siguiente:
Constitucion Argentina
Articulo 23o.- En caso de conmocion interior o de ataque exterior que pongan en peligro el ejercicio de esta Constitucion y de las autoridades creadas por ella, se declarara en estado de sitio la provincia o territorio en donde exista la perturbacion del orden, quedando suspensas alli las garantias constitucionales. Pero durante esta suspension no podra el presidente de la Republica condenar por si ni aplicar penas. Su poder se limitara en tal caso respecto de las personas, a arrestarlas o trasladarlas de un punto a otro de la Nacion, si ellas no prefiriesen salir fuera del territorio argentino.
Articulo 109o.- En ningun caso el presidente de la Nacion puede ejercer funciones judiciales, arrogarse el conocimiento de causas pendientes o restablecer las fenecidas.Articulo 119o.- La traicion contra la Nacion consistira unicamente en tomar las armas contra ella, o en unirse a sus enemigos prestandoles ayuda y socorro. El Congreso fijara por una ley especial la pena de este delito; pero ella no pasara de la persona del delincuente, ni la infamia del reo se transmitira a sus parientes de cualquier grado.Sin ser abogado la logica me dice que existe posibilidad de que se pueda haceralgo para que los presos politicos de la Argentina recuperen su libertad, quizasno dependa solo del Presidente de la Republica, ya que no veo nada especifico quelo senale en la Constitucion.En el dia de hoy le envie mis preocupaciones al embajador en Washington, se querecibieron mi email, y me encuentro en espera de algun tipo de orientacion alrespecto.----------------------------------------------9 de Octubre de 2018 eeeuu@cancilleria.gob.ar consular@embassyofargentina.us Su Excelencia Oris de Roa , Embajador de la República Argentina Estimado Embajador Le escribo para solicitar información en referencia a la condición en que se encuentran los presos políticos en la Argentina y ver si se puede llegar a una solución hasta lograr su libertad plena. He recibido escrito supuestamente de Virginia Gamba quien trabaja en la ONU, y a pesar que no he podido confirmar si ella se expreso de esa forma seria interesante conocer si existe alguna posiblidad que sean liberados , bien por Decreto Presidencial, o por el Sistema Jucial por lo siguiente: " Pero desde 1983 se decidió llevar a los militares combatientes en ella a los estrados judiciales a fin de juzgar sus conductas por procedimientos para tiempos de paz a la luz del Código Penal ordinario, habiendo generado ello una fenomenal confusión que se ha ido agravando a través del tiempo pues es sabido que las acciones de guerra deben juzgarse por las leyes que la gobiernan ante tribunales especiales y no por las leyes penales ordinarias aplicadas por los tribunales previstos para juzgar delitos comunes en tiempo de paz. " Fuente : ¿Quien es VIRGINIA GAMBA? Sr. Embajador de Roa gracias por su tiempo , por leer este mensaje le agradecería que tome en consideración mi solicitud. Antentamente, Miriam Mata Pembroke Pines, Florida.En otro escrito que me enviaron por word de Critica la Academia de Derecho a la Corte.La Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales considera que la Constitución nacional siempre tiene primacía sobre los tratados internacionales y que éstos sólo tienen la misma jerarquía que aquélla cuando cumplen ciertos requisitos. Por eso, la prestigiosa institución considera errados los pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los casos Arancibia Clavell, Espósito y Simón. En esos casos, el tribunal reabrió el juzgamiento de hechos cometidos durante el último gobierno militar, pero, al hacerlo, se desprende de la declaración de la Academia, violó importantes principios constitucionales, como el que prohíbe aplicar retroactivamente las leyes penales o el que impide aplicar los tratados cuando una de sus cláusulas viola los principios del derecho público que establece la misma Constitución. El pronunciamiento de la Academia Nacional de Derecho, que lleva la firma de su presidente, el doctor Alberto Rodríguez Galán, y del secretario de la entidad, el doctor Juan Carlos Cassagne, apunta a señalar los peligros del camino tomado por la Corte. Ese es el valor de la declaración, que señala que el costo de desconocer el Derecho, a largo plazo, puede ser muy alto......
Todo lo anterior muestra que es posible si existe voluntad de respeto a la Constitucion
de la Argentina y a la libertad que disfruta su pueblo gracias a esos que lucharon por que
asi fuera, disfruten de lo mismo junto a sus familiares. Se debe encontrar algun tipo
de solucion, bien bajo la Justicia , Poder Ejecutivo o Legislativo a la menor brevedad
posible.
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